PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

UPAP - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

Es un Programa que abarca diversos cursos de capacitación práctica y que se desarrolla desde el año 2009 en el ámbito de la Escuela de Administración Pública, habiendo sido diseñado por parte del titular de este blog, como parte de un proyecto de investigación.

Responsable y Planificador del Programa: Lic. Rubén Caliva
Capacitadores: Lic. Nancy Quinteros y Lic. Rubén Caliva

Objetivo General
Brindar una capacitación práctica y aplicativa al personal que se desempeña en los organismos estatales, sobre determinados procesos y áreas temáticas de la Administración Pública, a los fines de procurar un servicio ágil, oportuno y eficiente, acorde a lo que esperan las distintas entidades y la comunidad en general.

Los Cursos Talleres previstos en el Programa de Capacitación Práctica, son los siguientes:

• Mesa de Entradas
• Redacción
• Bases de Datos
• Comunicación Interpersonal
• Procesos Administrativos

En los cursos se realizan talleres prácticos y participativos, con la complementación de material escrito y presentaciones Power Point, culminando los mismos con un examen que acreditará la suma de conocimientos y la aprobación de los cursos correspondientes.

Para mayor información, puede contactarse vía email a la dirección rubencaliva@gmail.com
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8 ene 2012

Algo más sobre los que ingresaron a la Planta Permanente del Estado

Última publicación sobre los  que ingresaron a la Planta  Permanente del Estado (antes del tiempo de vacaciones)

Les comento que me encuentro de licencia desde el viernes 6 de enero de  2012, por lo cual -como podrán comprender- no podré acceder a la información de la Secretaría de la Función Pública que me requieren a través de este blog (por la necesidad de acceder a la misma), sobre todo aquellas personas que ingresaron a la planta permanente del Estado.

De todas maneras, el último día que asistí a dicha Secretaría realicé las consultas necesarias y puedo transmitirles lo siguiente:
  • La Secretaría de la Función Pública realizó una reunión el 29 de diciembre de 2011 con todos los Responsables de las Áreas de Personal de los Ministerios y organismos, según corresponda, referida al personal que se desempeñaba  en forma  transitoria y que ahora ingresa a la planta permanente del  Estado, a partir del 1º  de enero del  corriente año.
  • El motivo de la misma fue comunicar las instrucciones necesarias para que aquellas personas que ingresan a la planta  permanente, puedan llegar a percibir sus haberes correspondientes al mes de  enero de 2012, los primeros días de febrero, según el cronograma establecido.
  • Tales instrucciones se refieren, entre otros puntos, a la toma de posesión, trámite de aptitud física, legajos y alta de haberes, la cual debe realizarse indefectiblemente hasta la fecha límite de cierre de novedades.
  • Las Áreas de  Personal aludidas recibieron oportunamente además, los listados de aquellos agentes que ahora  ingresan a la planta  permanente del  Estado.
  • La PRIORIDAD en esta  instancia, es que aquellas personas que se  desempeñaban como personal transitorio (denominados pasantes, temporarios, contratados, art. 30 y otros casos), no se queden sin cobrar sus haberes de enero de 2012, ya como agentes de planta permanente, en los primeros días de febrero. Se reitera, esto es prioritario dado que en la mayoría de los casos no se prorrogaron dichas situaciones transitorias.
  • Para  ello, en  el  decreto  de  pase a planta, se establece la creación  de  los cargos necesarios en sus respectivos Ministerios  u organismos, por lo cual la falta de cargos en las estructuras actuales, no será un impedimento para que perciban sus haberes.
  • No obstante lo expuesto precedentemente, esta semana se publicará en el Boletín  Oficial de la Provincia y estimo, en el sitio web de la  Escuela de  Administración Pública, el decreto de pase a planta permanente.
  • Con relación a la cobertura social del IPSS, que  algunas personas me consultaron, podrían esperar la publicación del Decreto de  pase a  planta permanente para que les prorroguen la validez de sus afiliaciones o bien, si es URGENTE la utilización de  la obra social,  comuníquense a  la mayor brevedad con la Secretaría de la Función Pública, donde seguramente le  brindarán una solución.
Es todo lo que puedo  informarles hasta  el momento, espero les  sea útil y como les  dije,  me encuentro  de licencia en mi trabajo por lo que no podré publicar artículos ni responder consultas hasta mediados de febrero. Y en todo  este tiempo, procuraré hacer lo que todos esperamos  en  las vacaciones y sobre todo, compartir con mis seres queridos.

Felices vacaciones compañeros!

28 dic 2011

Algo sobre el Concurso de Ingreso a Planta Permanente

Algo sobre el Concurso de Ingreso a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial

Debido a consultas que recibí a través de este blog, a continuación realizo algunas aclaraciones respecto al Concurso de Ingreso a Planta Permanente:
  • El ingreso a la planta permanente de la Administración Pública Provincial, de las personas que se encuentran comprendidas en la nómina del Anexo que forma parte del decreto correspondiente, tiene vigencia a partir del 1° de enero de 2012.
  • Dicho ingreso, se realiza en el agrupamiento indicado en el Anexo de tal decreto, que tal como se  dijo en anteriores entradas, no fue determinado por la Secretaría de la Función Pública sino por el Área de Personal de cada Ministerio u organismo.
  • Lo señalado en los puntos precedentes, se efectúa sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo previstas por el tercer párrafo del artículo 11 del Reglamento aprobado por Resolución N° 234/11 de la Secretaría General de la Gobernación.
  • El Decreto de Ingreso a Planta Permanente no fue comunicado aún a las Áreas de Personal ni publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y tampoco en el sitio web de la Escuela de Administración Pública, apenas sepa algo al respecto, les aviso por este blog.
  • Los ingresantes serán ubicados en los proyectos de las plantas de cargos, de acuerdo con el agrupamiento que a cada agente corresponda y en las unidades orgánicas que los titulares de cada Cartera de Estado consideren pertinente, según las necesidades de servicios.
  • Aquellas personas que se desempeñan en cargos políticos y que ahora ingresan a la planta permanente del Estado, lo harán únicamente hasta el 31 de diciembre  de 2011, percibiendo luego el salario establecido para el agrupamiento y ubicación escalafonaria inicial.

  • Los agentes que percibían una equivalencia remunerativa correspondiente a un cargo con función jerárquica, también pasarán a percibir el salario inicial, no encontrándose previsto el establecimiento de un equiparador salarial.

  • Aquellas personas que ingresan a la planta permanente y que fueron designados como Autoridades Superiores - Fuera de Escalafón, se desempeñarán en este cargo, con retención del cargo de nivel inicial, en virtud de lo establecido por el Reglamento mencionado anteriormente.

  • Aquellos agentes que pasaron a situación de Diferidos y que ahora no pudieron ingresar a la planta permanente del Estado, deben gestionar la prórroga de sus situaciones laborales transitorias ante el área de Personal de sus respectivos organismos.

  • El plazo que tienen los agentes en situación de Diferidos para acreditar el cumplimiento de la normativa legal vigente y estar en condiciones de pasar a la planta permanente de la APP, es hasta el 30 de abril de 2012, ante la Secretaría de la Función Pública.

  • Las personas que están en situación de Diferidos por poseer una pensión por invalidez, no deben renunciar a la misma, sino que deben acreditar en forma fehaciente que se trata de tal beneficio ante dicha Secretaría.

24 dic 2011

Nuevos compañeros !!!

Nuevos compañeros de planta permanente de la APP!

Parecía tan lejano este día! en el tiempo y en las posibilidades!
Talvez habrá pasado por algún buen sueño o quizás por alguna gran necesidad que imaginaba una estabilidad irreal hasta ese momento!

Finalmente llegó el día en que el Gobernador de la Provincia, Dr. JUAN MANUEL URTUBEY, firmó el tan esperado Decreto de Pase a Planta Permanente del personal que se desempeñaba en forma "transitoria", algunos hace más de 10 años!!!, otros percibiendo  $ 750, otros sin obra social para sus hijos, otros sin vacaciones, otros debiendo pagar a la AFIP y DGR, otros sin saber si seguirían cada año, cada cambio de funcionario.

En los últimos años he asistido a "decisiones gubernamentales", de distintas esferas, que talvez -como toda medida política- puedan llegar a incomodar a algunos sectores, pero es innegable que le cambian la vida a las personas beneficiarias.

El dictado de los cursos en la Escuela de Administración Pública y particularmente, este blog, me dieron la posibilidad de conocer de cerca las realidades actuales y al mismo tiempo esperanzas de personas que se desempeñaban como "pasantes", temporarios, contratados, Art. 30 y otras situaciones precarias.

Al mismo tiempo, creo que la mayoría de nosotros desempeñamos nuestro trabajo diario con algunas de tales personas, directa o indirectamente, o bien conocemos a algunos de ellos, cuya alegría por este gran paso en sus carreras administrativas, seguramente compartimos.

Por último, permítanme destacar el desempeño de todo el equipo de trabajo de la Secretaría de la Función Pública, a cargo del Dr. ROBERTO ROBINO, que junto a los gremios UPCN, ATE, del Seguro y otros; como asimismo los integrantes específicos de cada Ministerio, pudimos ser parte de todo este proceso, que se inició alguna vez con una "buena decisión" y que al traerles la "estabilidad" en sus trabajos -como dije anteriormente- le cambia la vida a muchas personas y no sólo eso, sino también a sus familias.

Que pasen unas buenas Fiestas de Fin de año!
Porque como en todas las oportunidades, siempre habrá algo que agradecer del año que se va y algo que esperar en el que vendrá!
Y que todos tomemos "buenas decisiones"!

20 dic 2011

Concurso de Pase a Planta Permanente - Se emitió la Res. de Aprobados

SE EMITIÓ LA RESOLUCIÓN Nº 1/11 DE APROBADOS Y DIFERIDOS EN EL CONCURSO DE INGRESO A PLANTA PERMANENTE DEL ESTADO


Ayer lunes 19 de abril de 2011, el Secretario de la Función Pública, Dr. ROBERTO ROBINO firmó la Resolución mediante la cual se tienen por aprobadas a diversas personas que se desempeñan en forma transitoria en la Administración Pública, en el marco del Concurso de Ingreso a Planta Permanente del Estado autorizado por el Gobernador de la Provincia, Dr. JUAN MANUEL URTUBEY, a través del Decreto nº 5357/10.

Así también, se difiere dicho pase a planta permanente de otros agentes hasta tanto cumplimenten los requisitos establecidos en la normativa vigente, estableciéndose como fecha límite para tal cumplimiento el 30 de abril de 2012 inclusive.

La Resolución es la nº 01 de fecha 19 de abril  de 2011 y es  comunicada en la fecha a partir de hs. 09:30 a los Responsables de las Áreas de Personal de la totalidad de Ministerios y organismos, según corresponda, quienes notificarán a los interesados.

Les hago saber además, que se envió una copia de dicha resolución al Boletín Oficial para su publicación, como así también a la Escuela de Administración Pública para subirla al sitio web www.eapsalta.gov.ar donde YA SE ENCUENTRA DISPONIBLE ingresando a la pestaña "Concurso de Cargos" y luego a "Resultados Concurso de Ingreso a Planta Permanente".

12 dic 2011

Concurso para el Pase a Planta Permanente

Posiblemente esta semana se den a conocer la lista de aprobados en los exámenes

Los asesores legales de la Secretaría de la Función Pública, a cargo del Dr. ROBERTO ROBINO, me dijeron que, muy posiblemente, esta semana se dará a conocer el listado de aprobados en los exámenes realizados en el marco del concurso para el pase a planta permanente, a través de una Resolución de dicha Secretaría.

Tal como les contesté a algunas personas que me consultaron, había que esperar que rindan los agentes del interior de la Pcia. y aquellos que se desempeñan fuera de la misma, por ej. en Casa de Salta en la Capital Federal.

También se les dio un plazo perentorio a algunas personas para presentar el Certificado de Antecedentes Penales. Además, se están haciendo otros cruces de bases de datos enviadas por la ANSeS, la AFIP y otras entidades, para determinar si poseen beneficios previsionales u otros empleos públicos. 

5 dic 2011

Concurso de Pase a Planta Permanente - Aclaraciones


ALGO SOBRE EL CONCURSO DE PASE A PLANTA PERMANENTE

Debido a numerosas consultas que recibí personalmente, vía email y por esta vía, le consulté directamente al Secretario de la Función Pública, Dr. ROBERTO ROBINO, quien me aclaró que sí se darán a conocer los resultados de los exámenes que realizaron aquellos agentes que procuran pasar a planta permanente, aunque no numéricamente, pero sí dando la lista de Aprobados, lo cual saldrá por Resolución de dicha Secretaría dentro de pocos días.

Adicionalmente y como un paso administrativo previsto para el Concurso de Cargos, le comunico que se hizo el cruce de bases de datos de los postulantes a pasar a planta permanente y el listado que envió la Secretaría de Seguridad, ante lo cual surgieron personas con antecedentes penales (para las cuales se cursaron cédulas de notificación) que deberán regularizar tal situación a la mayor brevedad para poder pasar a planta permanente.

En forma similar, se hacen otros cruces con bases de datos enviadas por la ANSeS y la AFIP, para ubicar aquellas personas con algún tipo de beneficio previsional y con ingresos por otros empleos públicos, respectivamente

La fecha en que el Gobernador Dr. JUAN MANUEL URTUBEY firmará el Decreto de pase a planta permanente no puede informarse con exactitud, ya que ello depende de los tiempos que demanden las etapas administrativas y las establecidas en el Reglamento del Concurso, las cuales  deben cumplirse para resguardar la regularidad del procedimiento.

28 nov 2011

Consultas sobre los Resultados de los Exámenes del Concurso de Pase a Planta Permanente

Consultas sobre los Resultados de los Exámenes del Concurso de Pase a Planta Permanente

Debido a varias consultas que recibí en este blog y a través del correo electrónico, pregunté a los asesores legales de la Secretaría de la Función Pública, a cargo del Dr. ROBERTO ROBINO, respecto a los resultados de los exámenes correspondientes al Concurso de Cargos para el Pase a Planta Permanente.

En tal sentido, me comunicaron que posiblemente los mismos no se den a conocer directamente en forma numérica, sino que -y comparto que es lo más importante- las personas sabrán que aprobaron el examen al momento que figuren en el Decreto de Pase a Planta Permanente que podría dictarse próximamente.

Entiendo también que la espera puede traer alguna ansiedad, sobre todo para aquellos que se desempeñan en el marco de un Convenio de Capacitación Laboral o un Contrato, por los cuales perciban montos ínfimos con relación a lo cobrarán cuando pasen a planta permanente, pero ya falta MUY POCO para que el Gobernador Dr. JUAN MANUEL URTUBEY firme el Decreto y finalmente sean agentes de PLANTA PERMANENTE, con todo lo que ello implica.

20 nov 2011

COMPILADO DE CONTENIDOS PARA EXAMEN - AGRUP. PROFESIONAL

COMPILADO DE CONTENIDOS PARA EXAMEN DEL CONCURSO DE PASE A PLANTA PERMANENTE (SEGÚN TEMARIO REDUCIDO) PARA EL AGRUP. PROFESIONAL

A continuación, les transcribo un APORTE realizado por un compañero de la Administración Pública, el Sr. JUAN PABLO DELGADO, que gentilmente COMPARTE el compilado de contenidos que realizó para facilitar el estudio a quienes están por rendir el EXAMEN del concurso de cargos para el pase a planta permanente. De paso, le agradezco su intención y decisión de colaborar con sus colegas y compañeros de la actividad estatal, a través de este blog. Yo ingresé al link y está de diez:


"Hola Rubén, que tal.

Me tomé el trabajo de hacer un compilado completo de contenidos siguiendo el temario resumido para el examen de ingreso a planta permanente.
Corresponde a la agrupación Profesionales, pero gran parte sirve para todos.

Este es el link para ver o descargar el PDF:

http://db.tt/KVlUsKzp

También lo publiqué en el libro de visitas de tu blog.

Muchas gracias por tus aportes.
Saludos.
--
Juan Pablo Delgado"

16 nov 2011

Se dio a conocer el Cronograma de fechas de examen para el Concurso de Pase a Planta Permanente

Concurso para el Pase a Planta Permanente del personal transitorio: Se dio a conocer el Cronograma de fechas de examen, nuevos admitidos, cambios de agrupamiento y rechazados

La Secretaría de la Función Pública emitió la Resolución nº 64/11 mediante la cual se establece lo siguiente:
  • Se admiten solicitudes de inscripción para el pase a planta permanente, que se suman a las personas que ya estaban autorizadas a rendir.
  • Se hace lugar a presentaciones efectuadas por agentes, incluyéndolos como admitidos, ya que no correspondía el rechazo de sus solicitudes de inscripción.
  • Se modifican los agrupamientos por los cuales concursarán para su ingreso a planta permanente.
  • Se rechazan algunas solicitudes de inscripción oportunamente admitidas, por no cumplir con la normativa legal vigente.
  • Se fija el CRONOGRAMA de fechas para los exámenes que está disponible en el sitio www.eapsalta.gov.ar , ingresando a la pestaña "Concurso de Cargos" y luego a "Descargar Turnos - Nov. 2011".
Dicha resolución fue comunicada oficialmente en la fecha (16-nov-11) a todos los organismos, cuyos responsables de Personal tienen la misión de notificar a los interesados y difundir la misma por los medios que consideren convenientes.

No obstante, considero oportuno realizar las siguientes aclaraciones:
  • Los exámenes se realizarán en el Anexo de la EAP, sito en Juramento nº 190 - Salta.
  • Se realizarán mediante un sistema informático.
  • La modalidad será de múltiples opciones, 30 preguntas para los Agrup. Profesional, Técnico y Administrativo y 20 para el Agrup. Mantenimiento y Servicios Generales.
  • Los turnos son para el personal de Salta Capital, a las personas del interior se les tomará examen en los lugares y en las fechas que se darán a conocer en los próximos días.
  • A través de la Resolución 64/11 la Sec. de la Función Pública resolvió algunas presentaciones o recursos, pero no todos.
  • Los que restan se resolverán en los próximos días, dado que en algunos casos resulta necesario pedir informes técnicos previos u otros trámites de verificación.
  • El plazo que disponen para presentar recurso ante la denegación de la inscripción, es de tres (3) días, según el Art. 26 del Reglamento aprobado por Res. 234/11 de la Sec. Gral. de la Gob.
  • El encasillamiento en el Agrupamiento que figuran para su pase a planta permanente, lo realizó el Área de Personal de su organismo al momento de su inscripción en el Concurso.
  • Ello depende de su organismo -según las tareas que cumplen actualmente y en su caso, de su titulación- pero de ninguna manera de la Sec. de la Función Pública.

10 nov 2011

Decreto nº 14/91 - Régimen de Incompatibilidades

Decreto nº 14/91, artículo 1º - Régimen de Incompatibilidades (para el EXAMEN del Concurso para el Pase a Planta Permanente)

Debido a varias consultas que recibí en el blog, en el sentido de que no pudieron conseguir dicho decreto en internet, a continuación les transcribo el Artículo 1º del Decreto nº 14/91, que según el TEMARIO REDUCIDO podrá ser tenido presente para formular las preguntas que conformarán el EXAMEN del Concurso para el Pase a Planta Permanente:


                                                                       SALTA, 7 ENE 1991
DECRETO Nº 14
MINISTERIO DE ECONOMÍA
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º.- Establécese la carga horaria de cincuenta (50) horas reloj semanales máximas, como criterio único de aplicación para determinar la compatibilidad entre todos los cargos no docentes de todas las jurisdicciones del Estado Provincial, Nacional o Municipal, con el desempeño de cargos docentes; de estos entre sí y con el desempeño de horas cátedra.

Reglamento General para el Concurso de Cargos - Decreto 2790/10

Reglamento General para el Concurso de Cargos RESUMIDO - Aprobado por Decreto 2790/10 (para el EXAMEN del Concurso para el Pase a Planta Permanente)

Debido a varias consultas que recibí en el blog, en el sentido de que no pudieron conseguirlo en internet, a continuación les transcribo los ARTÍCULOS del REGLAMENTO GENERAL PARA EL CONCURSO DE CARGOS aprobado por Decreto 2790/10, que indica el TEMARIO REDUCIDO y de los cuales se podrán formular las preguntas para el EXAMEN del Concurso para el Pase a Planta Permanente:


ARTÍCULO 2°.- Autoridad de aplicación. La Secretaría General de la Gobernación, a través de la Secretaría de la Función Pública salvo delegación expresa en otro organismo, será la autoridad de aplicación del presente procedimiento concursal para la cobertura de cargos vacantes o cubiertos provisoriamente, en todas las reparticiones y organismos de la Administración Pública Provincial sujetas al Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto N° 2615/05)
.
ARTÍCULO 3°.- Tipos y modalidades de concursos. Los concursos podrán ser:
a) Cerrados: Podrán participar solo aquellos agentes que revistan en un cargo de planta permanente de la Administración Pública y según las siguientes modalidades:
i.- Internos: Pueden participar solo aquellos agentes que revistan en un cargo de planta permanente en la estructura del organismo al cual pertenece la vacante a concursarse.
ii.- Jurisdiccionales: Pueden participar en el concurso del cargo vacante todos aquellos agentes que revistan en un cargo de planta permanente de la misma jurisdicción a la que corresponda el concurso, cualquiera sea el organismo de
dicha jurisdicción en el cual se encuentren designados.
iii.- Interjurisdiccionales: Pueden participar en el concurso del cargo vacante todos aquellos agentes que revistan en un cargo de planta permanente cualquiera fuera la jurisdicción a la que corresponda el concurso y cualquiera sea el organismo en el cual se encuentren designados.
b) Abiertos: Podrá participar cualquier persona aunque no revista en un cargo dentro de la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 4°.- Etapas. En cualquiera de los tipos y modalidades, el concurso comprenderá las siguientes etapas como mínimo:
a) Evaluación de antecedentes;
b) Evaluación técnica (prueba de oposición);
c) Entrevista personal.
La autoridad de aplicación podrá disponer cuando lo estime conveniente para la celeridad del procedimiento y de acuerdo a las características del perfil tipo del cargo a concursarse, la eliminación de la etapa correspondiente a la entrevista personal.
Además, podrá disponer la realización de una evaluación psicotécnica y/o psicofísica y/o de otras etapas cuyas características deberá especificar mediante resolución fundada.

ARTÍCULO 16°.- Jurado. Número y conformación.
Justificación. El jurado estará compuesto por cuatro (4) miembros titulares y cuatro (4) suplentes, conformándose del siguiente modo:
a) Un (1) miembro titular y un (1) suplente perteneciente a una universidad pública o privada reconocida oficialmente;
b) Un (1) miembro titular y un (1) suplente perteneciente al Consejo, Colegio, Asociación u otra organización profesional afín al perfil tipo requerido;
c) Un (1) miembro titular y un (1) suplente designado por el organismo en el cual se realiza el concurso;
d) Un (1) miembro titular y un (1) suplente designado por la autoridad de aplicación.
Los agentes pertenecientes a la Administración Pública Provincial que se desempeñen como jurados de acuerdo a las disposiciones del presente título, tendrán derecho a la justificación de sus inasistencias que sean consecuencia de tal función, con goce íntegro de haberes.

ARTÍCULO 33°.- Forma de calificación. Factores Ponderables.
Tope. La calificación de los concursos será numérica de 0 a 100 puntos que se distribuirán de la siguiente forma entre los factores ponderables que a continuación se consignan:
a) Antecedentes: treinta (30) puntos.
b) Evaluación técnica (prueba de oposición): sesenta (60) puntos.
c) Entrevista personal: diez (10) puntos.
La suma del puntaje que corresponda por antecedentes no podrá exceder el tope establecido en el inciso a) del párrafo precedente o el que resulte de la aplicación de lo dispuesto por el artículo 34°.
Si la autoridad de aplicación estimara conveniente la eliminación de la entrevista personal, el puntaje asignado a ésta (10 puntos) se redistribuirá en partes iguales (5 puntos) para cada uno de los factores ponderables previstos por los incisos a) y b) del presente artículo.

ARTÍCULO 35°.- Puntaje mínimo para aprobar. El aspirante deberá obtener, como mínimo, más del cincuenta por ciento (50%) del puntaje asignable para aprobar el concurso. Si ningún aspirante alcanzare dicho porcentaje, el concurso será declarado desierto por el jurado. En el acta que se dicte por tal motivo, el jurado dispondrá de un nuevo llamado.

ARTÍCULO 39°.- Procedimiento para la entrevista. La entrevista personal a los aspirantes se realizará de la siguiente forma:
a) Los miembros del jurado, en forma conjunta, deberán entrevistarse con cada uno de los concursantes con posterioridad a la evaluación técnica (prueba de oposición) y en presencia de los veedores, con el objeto de valorar su motivación para ocupar el cargo, la forma en que ha desarrollado, desarrolla y eventualmente desarrollará las funciones específicas del mismo, los puntos de vista sobre los modos de encarar acciones, programas o proyectos dentro del área del cargo, los medios que propone para el mejoramiento y la actualización de la labor específica, como cualquier otra información que, a juicio de los miembros del jurado, sea conveniente requerir.
b) En esta instancia el jurado podrá solicitar la evaluación de los aspirantes con técnicas de evaluación psicológicas (proyectivas y/o psicométricas) con la intervención de especialistas en la materia, las que servirán como apoyo para la decisión final de los miembros del jurado, independientemente del puntaje que se le asigne de conformidad con lo dispuesto por el presente Título.
El puntaje final de la entrevista de cada concursante será el promedio del asignado por cada uno de los miembros del jurado en forma individual.

ARTÍCULO 48°.- Perfeccionamiento del procedimiento concursal. El procedimiento concursal quedará perfeccionado únicamente luego del dictado del decreto del Poder Ejecutivo que apruebe el mismo y designe en los cargos concursados a quienes corresponda de acuerdo al orden de mérito firme, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15° del presente Reglamento.

9 nov 2011

TEMARIO RESUMIDO PARA LOS AGRUPAMIENTOS ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO

CONCURSO DE INGRESO A PLANTA PERMANENTE: TEMARIO RESUMIDO PARA LOS AGRUPAMIENTOS ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO
   
Se especifica material de estudio resumido, elaborado por la Secretaría de la Función Pública conforme el temario General aprobado mediante Resolución SFP Nº 56/11, para los agrupamientos ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO, en base al cual se formularán las preguntas del Examen previsto en el procedimiento concursal de referencia.

1. Constitución Nacional. Facultades de las Provincias y sus ciudadanos (art. 5, 7 y 8) De los Derechos de los habitantes de la Nación (art 14 y 14 bis).

2. Constitución Provincial. Administración Pública. Principios Generales (art. 61). Incompatibilidades e Inhabilidades (art. 62). Declaración Jurada y Remuneración Extraordinaria (art. 63). Carrera Administrativa (art. 64). Derecho de Agremiación (art. 65).  Poder Legislativo (arts. 93). Cámara de Diputados (art. 96). Cámara de Senadores (art. 103). Poder Ejecutivo. Gobernador y Vicegobernador (art. 140). Atribuciones y Deberes (art. 144). Reemplazos y Acefalia (art. 146).

3. Régimen de Incompatibilidades del Empleado Público: Excepciones al régimen de incompatibilidad establecido por el artículo 62 de le Constitución Provincial (Ley N° 6504, art. 4°). Arts. 1 Decreto 14/91.

4. Ley de Creación de Ministerios (Ley 7483): Nombramiento de Ministros (art. 1).  Titular de la Administración Pública (art. 3). Representación de la Provincia frente a la Nación y demás provincias, naciones extranjeras y organismos internacionales (art. 4). Formación de las leyes: derecho del Gobernador (art. 5). Promulgación de las leyes (art. 8). Vicegobernador: función (art. 9). Ausencia temporaria del Gobernador: reemplazo (art. 10). Ley regulatoria de la delegación de competencias (art. 14). Facultad de creación de Secretarías y Subsecretarías (art. 34).

5. Estatuto del Empleado Público (Ley 5546): Alcance (art. 1). Condiciones de Ingreso y Reingreso (art. 3). Extinción de la Relación Laboral (art. 8). Obligaciones (art. 11). Prohibiciones (art. 12). Derechos (art. 13).  Carrera Administrativa (art. 25). Viáticos (art. 23). Vacaciones Anuales Obligatorias (art. 27). Sanciones disciplinarias (art. 32).

6. Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto 4118/96): Ámbito de aplicación (art. 1). Concepto de Licencia (art. 3). Beneficios Previstos (art. 4). Autoridad de aplicación (art. 6). Licencia anual ordinaria obligatoria (arts. 7, 8, 10, 11, 14, 15). Licencias Especiales. Por enfermedad (art. 18 a 21 ambos inclusive). Afecciones o lesiones de corto tratamiento (art. 22). Retiro del lugar de trabajo por afección o enfermedad (art. 23). Afecciones o lesiones de largo tratamiento (art. 24). Incapacidad total y permanente: órgano de determinación (art. 29). Licencia por matrimonio (art. 51). Licencia por estudios, investigaciones o becas (art. 52 y 53). Licencia por examen (art. 55). Personal contratado (art. 87). Asistencia y puntualidad (art. 88).

7. Régimen Escalafonario (Decreto 1178/96): Ámbito de aplicación (art. 1). Agrupamientos (art. 2). Condiciones de Ingreso (art. 5). Agrupamiento universitario (art. 8). Agrupamiento Técnico (art. 10). Agrupamiento administrativo (art. 12). Agrupamiento Mantenimiento y Servicios Generales (art. 14). Función Jerárquica (art. 18). Cargos Políticos (art. 24, 25 y 26). Cobertura de vacantes (art. 30).

8. Ley de Procedimientos Administrativos (Ley N° 5348): Conflictos de competencia (art. 5). Deber de Obediencia (art. 16). Desconcentración y Descentralización (art. 17 y 18). Del Acto Administrativo en general: definición; valor del silencio y requisitos en general (art. 25 y 26). De la Ejecutoriedad (art. 79 y 80). De la Estabilidad e Irrevocabilidad del Acto (arts. 92 y 93). De los Reglamentos (arts. 101 y 102). De las Circulares e Instrucciones (Arts. 104 y 105). De los Dictámenes e Informes (arts. 106 y 107) Interesados, Representantes y Terceros (arts. 113, 115, 116, 117, 118). Constitución y Denuncias de Domicilios (arts. 121, 122, 123). Formalidades de los Escritos (arts. 124, 128, 129, 130). Ordenamiento de los Expedientes (arts. 131, 132, 135, 137, 138). Vista de las actuaciones (arts. 139, 140 Y 141). Principio del Informalismo a favor del Administrado (arts. 143, 144, 145). De las Notificaciones (arts. 146 y 147). Plazos (arts. 152, 154, 156). De los Actos Impugnables (arts. 172 y 173). Formalidades de los Recursos (art. 174). Tipos de Recursos (art. 176,  177, 179, 180, 184 y 185).

9. Reglamento General para el Concurso de Cargos en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto 2790/10). Autoridad de Aplicación (art. 2).  Tipos y Modalidades de Concursos (art 3). Etapas (art. 4).  Del Jurado Evaluador,  cantidad  de miembros y conformación (art.  16). De la forma de calificación, factores ponderables y tope (art  33) Puntaje mínimo para aprobar (art.35). De la entrevista personal a los aspirantes (art. 39). Del perfeccionamiento del procedimiento concursal (art 48).

10. Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto 2615/05). Ámbito de Aplicación (art. 1) Condiciones mínimas de Ingreso a la Planta Permanente de la Administración Pública (art. 5) Nivel de agrupamiento de ingreso (art. 6). Restricciones al Ingreso (art. 7). Carrera del Personal. Objetivos y principios generales  (art. 8 y 9). De la Estabilidad del Empleo Público (art. 11). De la Comisión Negociadora Central. Conformación, funciones y atribuciones (art. 29 y 30). Reconocimiento gremial a Delegados (art. 32). De las sanciones a Delegados (art. 33). Del Derecho a la Información (art. 39). Día del Empleado Público Provincial (art. 49).

11. Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley Nacional 26.061). Objeto  (art. 2) Interés superior del niño (art.3)  Nociones generales sobre los principios, derechos y garantías protegidos (arts. 8 a 26).

12. Ley de Protección de Víctimas de Violencia Familiar (Ley Provincial 7403). Ámbito de Aplicación (art. 1).   Trámite, carácter de las presentaciones y audiencias (art. 3) Protección de la victima (art. 4).  Organismos ante los cuales denunciar (art. 5)  Medidas Previas (art.8).

13. Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones (Ley Nacional 26.485). Ámbito de Aplicación (art. 1) Objeto y Derechos Protegidos (art. 2 y 3). Definición,  tipos y modalidades de violencia contra la mujer. (art. 4, 5 y 6).

14. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (aprobada por Ley Nacional 26.378). Propósito de la Convención (art 1). Definiciones (art. 2) Principios generales de la Convención (art.3) Obligaciones Generales (art. 4) Igualdad y no discriminación (art. 5), Trabajo y Empleo (art. 27).



TEMARIO RESUMIDO PARA EL AGRUPAMIENTO MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

CONCURSO DE INGRESO A PLANTA PERMANENTE: TEMARIO RESUMIDO PARA EL AGRUPAMIENTO MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES
   
Se especifica material de estudio resumido, elaborado por la Secretaría de la Función Pública conforme el temario General aprobado mediante Resolución SFP Nº 56/11, para el agrupamiento MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES, en base al cual se formularán las preguntas del Examen previsto en el procedimiento concursal de referencia.
1. Constitución Provincial. Administración Pública: Carrera Administrativa (art. 64).

2. Ley de Creación de Ministerios (Ley 7483): Titular de la Administración Pública (art. 3). Ausencia temporaria del Gobernador: reemplazo (art. 10). Cantidad de Ministros (art. 3).

3. Estatuto del Empleado Público (Ley 5546): Alcance (art. 1). Condiciones de ingreso y reingreso a la Administración Pública (art. 3). Prohibición de ingreso a Administración Pública (art. 6) Extinción de la relación laboral (art. 8). Obligaciones (art. 11). Prohibiciones (art. 12). Derechos (art. 13). Bonificación por antigüedad (art. 21).

4. Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto 4118/96): Concepto de licencia (art. 3). Autoridad de aplicación (art. 6). Licencia anual ordinaria obligatoria (arts. 7, 10, 11). Solicitud de intervención médica (art. 20). Incapacidad total y permanente: órgano de determinación (art. 29). Afecciones o lesiones de corto tratamiento (art. 22). Licencia por maternidad: Plazo (art. 42).

5. Régimen Escalafonario (Decreto 1178/96): Ámbito de aplicación (art. 1). Agrupamiento Mantenimiento y Servicios Generales: división en subgrupos (art. 14). Función Jerárquica (art. 18).
6. Ley de Procedimientos Administrativos (Ley N° 5348): Formalidades de los escritos: Escrito inicial. Donde se presenta (art. 128). Identificación de un expediente (art. 131). Fojas de un expediente: número máximo (art. 132). Derecho a la vista de las actuaciones (art. 139).

7. Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones (Ley Nacional 26.485). Derechos Protegidos (art.  3). Definición,  tipos y modalidades de violencia contra la mujer. (art. 4, 5 y 6)

8. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (aprobada por Ley Nacional 26.378).Principios generales de la Convención (art.3)  Igualdad y no discriminación (art. 5)