PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

UPAP - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

Es un Programa que abarca diversos cursos de capacitación práctica y que se desarrolla desde el año 2009 en el ámbito de la Escuela de Administración Pública, habiendo sido diseñado por parte del titular de este blog, como parte de un proyecto de investigación.

Responsable y Planificador del Programa: Lic. Rubén Caliva
Capacitadores: Lic. Nancy Quinteros y Lic. Rubén Caliva

Objetivo General
Brindar una capacitación práctica y aplicativa al personal que se desempeña en los organismos estatales, sobre determinados procesos y áreas temáticas de la Administración Pública, a los fines de procurar un servicio ágil, oportuno y eficiente, acorde a lo que esperan las distintas entidades y la comunidad en general.

Los Cursos Talleres previstos en el Programa de Capacitación Práctica, son los siguientes:

• Mesa de Entradas
• Redacción
• Bases de Datos
• Comunicación Interpersonal
• Procesos Administrativos

En los cursos se realizan talleres prácticos y participativos, con la complementación de material escrito y presentaciones Power Point, culminando los mismos con un examen que acreditará la suma de conocimientos y la aprobación de los cursos correspondientes.

Para mayor información, puede contactarse vía email a la dirección rubencaliva@gmail.com

24 oct 2011

SE EMITEN RESOLUCIONES CON RESULTADOS DEL CONCURSO DE CARGOS

SE EMITEN RESOLUCIONES CON LOS RESULTADOS Y ORDEN DE MÉRITO Y PRELACIÓN DEL CONCURSO DE CARGOS (PARA EL PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE)

Por el presente les comunico que la Secretaría de la Función Pública ha emitido distintas resoluciones relacionadas al Concurso de Cargos para el personal de planta permanente (dando a conocer los resultados del concurso y orden de mérito y prelación), cuyos Nºs. se detallan a continuación:

RES. Nº     Organismo   

50/11        Mterio. de Gobierno, Seg. y DDHH

51/11        Mterio. de Ambiente y Des. Sustentable

52/11        Ministerio de Justicia

53/11        Mterio. de Desarrollo Económico

54/11        Sindicatura General de la Provincia


Ante ello, cabe realizar las siguientes consideraciones:

- Las resoluciones con sus Anexos fueron comunicadas al titular de cada uno de los organismos citados, hasta el viernes 21 de octubre de 2011.

- El área de Personal o RRHH de los organismos citados podrán obtener un juego de fotocopias de tales resoluciones ante los titulares de los mismos y deberán difundir y notificar personalmente a los interesados.

- En horas de la tarde de la fecha (lunes 24-10-11), posiblemente a partir de las 18 hs., la Escuela de Administración Pública publicará las resoluciones con sus respectivos Anexos, en el sitio web www.eapsalta.gov.ar , donde podrán visualizar los resultados en archivos PDF.

- Como alternativa, los interesados podrán tomar conocimiento de los Anexos, además, en el Boletín Oficial de la Provincia, llamando previamente a los teléfonos 4214780, 4316331 y 4217736.

- Los resultados de los concursos de aquellos organismos que no figuran en el listado consignado anteriormente, se darán a conocer en resoluciones que se emitirán en los próximos días y de las cuales les daré aviso en este blog.

- Seguidamente, se transcribe la parte dispositiva de una de las resoluciones emitidas, que corresponde a cualquiera de ellas (50, 51, 53 y 54), con la excepción de la Res. 52/11 del Ministerio de Justicia, que tiene un solo Anexo, al no existir casos en que los postulantes debieron cumplir con la etapa de entrevistas personales:


EL SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA


R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°.- Tener presente los resultados y el orden de mérito y prelación de postulantes elaborado  por el Jurado Evaluador para el concurso de cargos convocado mediante Resolución Nº .../10 de la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de ........., conforme el detalle que, como Anexos I y II respectivamente, forma parte de la presente Resolución, sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo establecidas en el artículo 15 del Reglamento General para el Concurso de Cargos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector Público (Decreto Nº 2790/10).

ARTÍCULO 2°.- Establecer que los resultados y orden de mérito y prelación que por la presente Resolución se notifican no implican la modificación de la actual situación de revista del agente que resultare ganador del correspondiente cargo, hasta  tanto el procedimiento  concursal  se perfeccione mediante el dictado del decreto del Poder Ejecutivo que apruebe el mismo y designe en los cargos concursados a quienes corresponda de acuerdo a los resultados y orden de mérito y prelación firmes, conforme lo establecido en el artículo 48 del Reglamento General para el Concurso de Cargos (Decreto Nº 2790/10).

ARTÍCULO 3°.- Prescribir que, en los casos en que un mismo postulante haya resultado primero en el orden de mérito en cada uno de los dos cargos para cuyo concurso se presentó, deberá optar expresamente por aquel que pretenda ocupar, mediante presentación ante la Secretaría de la Función Pública dentro del plazo de cinco (5) días hábiles desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial. Si no efectuare dicha opción en el plazo previsto, se presumirá que optó por el cargo que ocupa provisoriamente en caso de que hubiera resultado ganador en el concurso del mismo. Si el postulante no se encontrara ocupando provisoriamente ninguno de los dos cargos y no hubiera efectuado la opción en tiempo y forma, se presumirá que optó por el cargo en el cual obtuvo el mayor puntaje final.

ARTÍCULO 4°.- Dejar aclarado que los cargos cuyo concurso haya sido declarado desierto por cualquier causa que fuere deberán incluirse en un nuevo llamado a concurso de conformidad con las disposiciones del Reglamento General para el Concurso de Cargos (Decreto nº 2790/10). Hasta tanto se efectivice dicho llamado, se mantendrá sin variaciones la situación de revista del actual ocupante provisorio del cargo. Si el cargo se encontrare vacante podrá ser cubierto en los términos del artículo 29 o 30 del Decreto 1178/96.

ARTÍCULO 5°.- Disponer que los errores y omisiones que pudieren detectarse en lo aprobado por la presente, no crean derecho alguno y deberán subsanarse por nueva resolución de la Secretaría de la Función Pública.

ARTÍCULO 6°.- Ordenar la difusión y notificación personal de la presente a los interesados a través del área de personal de cada organismo, sin perjuicio de los efectos de la publicación de los resultados en el Boletín Oficial, conforme lo estipula el artículo 40 del Reglamento General para el Concurso de Cargos.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar. 

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