PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

UPAP - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

Es un Programa que abarca diversos cursos de capacitación práctica y que se desarrolla desde el año 2009 en el ámbito de la Escuela de Administración Pública, habiendo sido diseñado por parte del titular de este blog, como parte de un proyecto de investigación.

Responsable y Planificador del Programa: Lic. Rubén Caliva
Capacitadores: Lic. Nancy Quinteros y Lic. Rubén Caliva

Objetivo General
Brindar una capacitación práctica y aplicativa al personal que se desempeña en los organismos estatales, sobre determinados procesos y áreas temáticas de la Administración Pública, a los fines de procurar un servicio ágil, oportuno y eficiente, acorde a lo que esperan las distintas entidades y la comunidad en general.

Los Cursos Talleres previstos en el Programa de Capacitación Práctica, son los siguientes:

• Mesa de Entradas
• Redacción
• Bases de Datos
• Comunicación Interpersonal
• Procesos Administrativos

En los cursos se realizan talleres prácticos y participativos, con la complementación de material escrito y presentaciones Power Point, culminando los mismos con un examen que acreditará la suma de conocimientos y la aprobación de los cursos correspondientes.

Para mayor información, puede contactarse vía email a la dirección rubencaliva@gmail.com

21 may 2012

Decreto 1791/12 - Constitución de la Sociedad del Estado CENTRO DE CONVENCIONES SALTA

Les paso la siguiente información, que estimo les pueder ser útil en algún momento:


DECRETO Nº 1791/12 del día 16-05-2012
MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO
Expediente Nº 16-69.265/12
CONSTITUCION DE SOCIEDAD - CENTRO DE CONVENCIONES SALTA - SOCIEDAD DE ESTADO

ARTÍCULO 1º - Dispónese la constitución de la sociedad "Centro de Convenciones Salta - Sociedad del Estado", dentro del régimen de la Ley Nº 6261, la que tendrá por objeto la explotación comercial, gerenciamiento y administración integral del Centro de Convenciones de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 2º - Apruébase el Estatuto Social del "Centro de Convenciones Salta - Sociedad del Estado", el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 3º - La sociedad creada por el artículo 1º se regirá en su accionar por lo dispuesto en el Estatuto Social, las Leyes Nºs. 6261, 20705, 19550 y sus modificatorias en todo aquello que le fuere aplicable.

ARTÍCULO 4º - El "Centro de Convenciones Salta - Sociedad del Estado" se vinculará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Cultura y Turismo.

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