PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

UPAP - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PRÁCTICA

Es un Programa que abarca diversos cursos de capacitación práctica y que se desarrolla desde el año 2009 en el ámbito de la Escuela de Administración Pública, habiendo sido diseñado por parte del titular de este blog, como parte de un proyecto de investigación.

Responsable y Planificador del Programa: Lic. Rubén Caliva
Capacitadores: Lic. Nancy Quinteros y Lic. Rubén Caliva

Objetivo General
Brindar una capacitación práctica y aplicativa al personal que se desempeña en los organismos estatales, sobre determinados procesos y áreas temáticas de la Administración Pública, a los fines de procurar un servicio ágil, oportuno y eficiente, acorde a lo que esperan las distintas entidades y la comunidad en general.

Los Cursos Talleres previstos en el Programa de Capacitación Práctica, son los siguientes:

• Mesa de Entradas
• Redacción
• Bases de Datos
• Comunicación Interpersonal
• Procesos Administrativos

En los cursos se realizan talleres prácticos y participativos, con la complementación de material escrito y presentaciones Power Point, culminando los mismos con un examen que acreditará la suma de conocimientos y la aprobación de los cursos correspondientes.

Para mayor información, puede contactarse vía email a la dirección rubencaliva@gmail.com

28 dic 2011

Algo sobre el Concurso de Ingreso a Planta Permanente

Algo sobre el Concurso de Ingreso a Planta Permanente de la Administración Pública Provincial

Debido a consultas que recibí a través de este blog, a continuación realizo algunas aclaraciones respecto al Concurso de Ingreso a Planta Permanente:
  • El ingreso a la planta permanente de la Administración Pública Provincial, de las personas que se encuentran comprendidas en la nómina del Anexo que forma parte del decreto correspondiente, tiene vigencia a partir del 1° de enero de 2012.
  • Dicho ingreso, se realiza en el agrupamiento indicado en el Anexo de tal decreto, que tal como se  dijo en anteriores entradas, no fue determinado por la Secretaría de la Función Pública sino por el Área de Personal de cada Ministerio u organismo.
  • Lo señalado en los puntos precedentes, se efectúa sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo previstas por el tercer párrafo del artículo 11 del Reglamento aprobado por Resolución N° 234/11 de la Secretaría General de la Gobernación.
  • El Decreto de Ingreso a Planta Permanente no fue comunicado aún a las Áreas de Personal ni publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y tampoco en el sitio web de la Escuela de Administración Pública, apenas sepa algo al respecto, les aviso por este blog.
  • Los ingresantes serán ubicados en los proyectos de las plantas de cargos, de acuerdo con el agrupamiento que a cada agente corresponda y en las unidades orgánicas que los titulares de cada Cartera de Estado consideren pertinente, según las necesidades de servicios.
  • Aquellas personas que se desempeñan en cargos políticos y que ahora ingresan a la planta permanente del Estado, lo harán únicamente hasta el 31 de diciembre  de 2011, percibiendo luego el salario establecido para el agrupamiento y ubicación escalafonaria inicial.

  • Los agentes que percibían una equivalencia remunerativa correspondiente a un cargo con función jerárquica, también pasarán a percibir el salario inicial, no encontrándose previsto el establecimiento de un equiparador salarial.

  • Aquellas personas que ingresan a la planta permanente y que fueron designados como Autoridades Superiores - Fuera de Escalafón, se desempeñarán en este cargo, con retención del cargo de nivel inicial, en virtud de lo establecido por el Reglamento mencionado anteriormente.

  • Aquellos agentes que pasaron a situación de Diferidos y que ahora no pudieron ingresar a la planta permanente del Estado, deben gestionar la prórroga de sus situaciones laborales transitorias ante el área de Personal de sus respectivos organismos.

  • El plazo que tienen los agentes en situación de Diferidos para acreditar el cumplimiento de la normativa legal vigente y estar en condiciones de pasar a la planta permanente de la APP, es hasta el 30 de abril de 2012, ante la Secretaría de la Función Pública.

  • Las personas que están en situación de Diferidos por poseer una pensión por invalidez, no deben renunciar a la misma, sino que deben acreditar en forma fehaciente que se trata de tal beneficio ante dicha Secretaría.

4 comentarios:

  1. para cuando nos notifican del decreto ? si no hay notificacion no cobramos y tampoco nos realizaron la renovacion para el año 2012 como para safar.

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  2. La misma pregunta hago, para cuándo la notificación y los exámenes preocupacionales? Por lo que me informaron aparentemente estaríamos cobrando (con suerte) en marzo recién, y mientras tanto? No cobramos nada durante febrero? Nadie nos dice nada =( me entero de todo por acá. Muchas gracias!

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  3. POR FAVOR SERIA BUENO QUE NOS AVISEN DE LA SECRETARIA POR MEDIO DE uD. SI VAMOS A COBRAR EN FEBRERO...Y COMO PODEMOS HACER CON LA OBRA SOCIAL,ESTAMOS SIN COBERTURA Y NINGUNA AUTORIDAD DICE NADA...POR FAVOR DE CORAZÓN LE PEDIMOS SOMOS EMPLEADOS DE MÁS DE 4 AÑOS EN NEGRO

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  4. estoy diferida y presente en el mes de marzo el certificado de antecedente que me pedian ya esta todo correcto cuanto tengo que esperar para que me den el decreto y que mes cobro?

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